Ir al inicio de BibliotecasVirtuales.com

Título XIII

Título XIII
De las Reformas Constitucionales

ART. 116.- Esta Constitución podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra Cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.

ART. 117.- La necesidad de la reforma se declarará por una ley. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional, determinará el objeto de la reforma e indicará los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.

ART. 118.- Para resolver acerca de las reformas propuestas, la Asamblea Nacional se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declare la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las Cámaras. Una vez votadas y proclamadas las reformas por la Asamblea Nacional, la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados.

Por excepción de lo dispuesto en el Artículo 27, las decisiones se tomarán en este caso, por la mayoría de las dos terceras partes de los votos.

ART. 119.- Ninguna reforma podrá versar sobre la forma de Gobierno, que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.

ART. 120.- La reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma, y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder ni autoridad ni tampoco por aclamaciones populares.                          

Título I | Título II | Título III | Título IV | Título V | Título VI | Título VII | Título VIII | Título IX | Título X | Título XI | Título XII | Título XIII | Título XIV

Constitución Argentina | Constitución Boliviana | Constitución Política de Chile | Constitución Colombiana | Constitución Dominicana | Constitución Ecuatoriana | Constitución Española | Constitución de Jamaica | Constitución Paraguaya | Puerto Rico | Constitución Venezolana


 


 Los textos acá colocados son en su gran mayoría de dominio público y/o sus autores han autorizado su colocación. Algunos fragmentos de obras comerciales pueden estar presentes con fines educativos. El respeto al derecho de autor es una parte central de la actividad literaria. Si alguien considera que se vulneran sus derechos o que se hace uso inadecuado de algún contenido o material, favor contáctarnos para retirarlo de inmediato.  
Ciudades Virtuales Latinas - CIVILA.com y Educar.org (c) 1996 - 2006